DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO incoado por los ciudadanos RAMON ANTONIO TONCEL MERCADO Y DIONIS ENRIQUE SARMIENTO MORA. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.