declara CON LUGAR la presente Conversión de la Separación de Cuerpos y Bienes en Divorcio. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos ADRIANA GABRIELA FINOL GARCIA y JOAN MANUEL RODRIGUEZ ALMONTE, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nos. 13.247.659 y 17.557.007, respectivamente contraído ante la Parroquia Santa Rosalía Municipio Libertador Distrito Capital.
En cuanto a sus hijos(x) LAs partes acordaron que ambos ejercerán la patria potestad sobre los mismos, y la madre tendrá la guarda. En relación a la Obligación Alimentaría, las partes convinieron que el padre se compromete a entregar mensualmente la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.250.000,00); que el padre depositara en la cuenta N° 01080010220200286264, del Banco Provincial; en cuanto al régimen de visitas, el padre tendrá derecho de visitar a sus hijos dos veces al mes, y que alternarán con los fines de semana que le correspo.....