Por todos los razonamientos expuestos anteriormente, este Tribunal Superior Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se IMPARTE la Homologación del Desistimiento de la Acción de Amparo Constitucional Cautelar, efectuado en fecha veinticinco (25) de julio de 2007, por el ciudadano CARLOS NAVA BRAVO, apoderado judicial de la parte accionante del presente Amparo, surgido en el expediente Nº 2006-000059, correspondiente a la apelación que en un sólo efecto interpusiere la representación judicial del SINDICATO PROFESIONAL DE TRABAJADORES BOLIVARIANOS DE LA PESCA, SUS SIMILARES Y CONEXOS DEL ESTADO ZULIA (SIPTRABPEZ) y los ciudadanos ABRAHAM ESPINA, ADALBERTO ROMERO, ADALBERTO SOTO y OTROS, conjuntamente con la representación judicial de la sociedad mercantil CARGILL INTERNATIONAL S.A., contra el auto dictado en fecha 10 de octubre de 2006 por el .....