Se declara CON LUGAR el DIVORCIO con base al artículo 185-A del Código Civil, de los ciudadanos LEANA YAMILET CARRERA MUJICA y ALAYN JOSÉ GÓMEZ DE LA TORRE SILVA, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros V-11.055.962 y V-7.998.701 respectivamente, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial contraído por ellos ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Macuto, Municipio Vargas del Distrito Federal (actualmente Estado Vargas), de esa misma fecha y ASI SE DECIDE.