En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Sexto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 84, 88, 243, 244 del Código de Procedimiento Civil; 26, 49 y 257 contenidos en la Carta Magna, declara:
Primero: Con lugar la inhibición planteada por la Dra. Leticia Barrios Ruiz, en su condición de Juez Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de julio de 2018, en el juicio que por disolución de sociedad siguen los ciudadanos José Luis Pinto Ferreira, Tiago Pinto Ferreira y Álvaro Vieira De Andrade contra la sociedad mercantil Jardín Los Pomelos, C.A., y los ciudadanos José Joaquín Pinto y José Ilidio Pinto Teixeira.
Segundo: En acatamiento a la sente.....