DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la reposición de la causa al estado de contestación a la demanda en el juicio que por NULIDAD DE ASAMBLEA, incoado por los ciudadanos MARIA REGINA FOJO DE CASTRO, VICENTE CASTRO FOJO y MARIA REGINA CASTRO, contra la sociedad mercantil INVERSONES LUHIA C.A, y la ciudadana MARIA LUISA IGLESIAS (†), constituyendo una reposición inútil de conformidad con la parte infine del artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en Costas.
PUBLIQUESE, REGİSTRESE y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, firmada y sellada en la Sala de despacho del Juzgado Se.....