IV
DECISIÓN
Con fuerza en los razonamientos que anteceden, esta Sala Ocho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por el abogado WILMAR A. LÓPEZ, defensor privado de los ciudadanos DEMSEY ANTONIO MATEOS GIL y ERICK JOSÉ PALMA RANGEL; en consecuencia, decreta la NULIDAD ABSOLUTA del pronunciamiento "TERCERO" del acta de la audiencia oral para oír al imputado, dictada por el Juzgado Trigésimo Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, el 20 de julio de 2007; así como del auto de "fundamentación" de dicha medida cautelar, dictado en la misma oportunidad por el tribunal, y por consiguiente, ORDENA la libertad sin restricciones de los referidos ciudadanos; quedando en plena vigencia el resto de los pronunciamientos dictados por el Juzgado a quo.
Publíquese,.....