En virtud de lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO Y DE LA ACCIÓN, formulado por el ciudadano PABLO ARRAIZ SANTANA, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el inpreabogado bajo el No. 14.580, quien actúa en representación con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil TALLARD TECHNOLOGIES DE VENEZUELA, C.A., domiciliada en Caracas, inscrita ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 09 de marzo de 2000, bajo el No. 41, Tomo 398-A- Qto., en los mismos términos expuestos.-
Publíquese y Regístrese.-
Déjese Copia del presente fallo en el copiador de sentencia llevado por este .....