Acto seguido este Tribunal a solicitud del apoderado actor y en cumplimiento de su misión pasa a hacer la ENTREGA MATERIAL, real y efectiva del siguiente bien inmueble: Un (01) local comercial distinguido con el Nro. 02, que forma parte del inmueble distinguido con el catastro 15-13-12-17, construido en la Jurisdicción de la Parroquia Sucre, en la Calle Real de la Cortada de Catia, Municipio Libertador del Distrito Capital, Caracas, a la parte actora, representada en este acto por su Apoderado Judicial, CARLOS GOTTBERG TORO