Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Superior Segundo de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia, y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO; SIN LUGAR, la demanda de Nulidad de Acto Administrativo de efectos particulares, intentado por la abogada Mary Rodríguez Herrera, inscrita en el IPSA, Nro. 10.067, en su carácter de Apoderada Judicial de la TEXTILES GAMS C.A, contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la Certificación identificada con el N° 0094-12 y el Informe Pericial N° 01424-12, emanados de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores del Distrito Capital y Estado Vargas del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, de fechas 13 y 14 de agosto de 2012 y notificada en fecha 27 de septiembre de 2012. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante, por resultar totalmente ve.....