Este JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: IMPROCEDENTE, la medida cautelar de suspensión de efectos de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA de fecha 14 de junio de 2013 Expediente N° 023-2012-02-02378, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Distrito Capital del Municipio Libertador con ocasión al reclamo administrativo interpuesto por la ciudadana VANGIE MARIANA MAIZO ZARRAGA, en contra de la UNIDAD MÉDICA SEXOLÓGICA DRA. LUZ JAIMES, el cual fue declarado con lugar como fue señalado supra.- No hay condenatoria en costas.-Así se establece.-