VI
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
1) ADMISIBLE el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, interpuesto por la Sociedad Mercantil CASA FESTILANDIA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 80, Tomo 113-A-Pro; en fecha 7 de Noviembre de 1983, representada por los abogados Juan Carlos Trivella, Mario Eduardo Trivella, Rubén Maestre Wills y Guillermo Iribarren Carrasco, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 14.823, 55.456, 97.713 y 116.816, respectivamente, contra la Resolución Nº L/119.06.08 dictada por la Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Chacao el 10 de Junio de 2008 a través de la cual le impuso multa por Bs. 6.900,00 y orden de cierre del establecimiento comercial, por supue.....