En virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad con medida cautelar con suspensión de los efectos, interpuesto por el Abogado JOSE ANTONIO MARQUEZ, inscrito en el Instituto de previsión Social del Abogado bajo el N° 65.590, actuando en su carácter de apoderados Judiciales de la empresa UNIDAD EDUCATIVA "PRIMERO DE ENERO", inscrita en en Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en el año 1999, bajo el N° 43, Tomo 42-A-Pro, contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO EN