En consecuencia, por los señalamientos antes mencionados, este Tribunal de Primera Instancia Marítimo con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la Acción Mero Declarativa incoada por el ciudadano EXPEDITO DE JESÚS ARELLANO MORENO, contra la sociedad mercantil CENTROSALTA C.A.
Por la naturaleza de la decisión, no hay condenatoria en costas.