"...Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 13 al 22 y presentado por el ciudadano MILAGROS IBARRA, titular de la C.I. V-12.635.321, asistido por la Abogada ANGEL ROJAS, IPSA Nº 88.662, en su carácter de parte oferida y la oferente CAFERAMA LA TRINIDAD, C.A., en la persona de su abogado JESUS LEOPOLDO, IPSA Nº 97.802, y el cual se da aquí por reproducido, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES BOLIVARES CON SETENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs.1.153,77), la que es pagada mediante un Cheque del Banco Banesco, Nº 40123791, de fecha 22-10-2014, a nombre del trabajador, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 133 de L.....