-III-
DECISIÓN
Por los fundamentos de hecho y de derecho que han quedado expuestos, este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, (en transición), Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, en la pretensión que por COBRO DE BOLÍVARES sigue BANCO DEL CARIBE C.A., BANCO UNIVERSAL contra la sociedad mercantil PROYECTOS Y SERVICIOS INDUSTRIALES VICENT C.A., y los ciudadanos IVAN ANTONIO VICENT YÉPEZ, LAURA MARIA MARCANO DE VICENT y RAIZA COROMOTO BOGADO DE VICENT, plenamente identificados al inicio de este fallo, DECLARA: IMPROCEDENTE homologar el convenimiento autenticado por ante la Notaría Pública Primera de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui. Municipio Sotillo, inserto bajo el Nº 37, Tomo 238. ASÍ SE ESTABLECE.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del.....