Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 12 de enero de 2010, por el abogado PEDRO ALVARADO, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la decisión dictada el 18 de diciembre de 2009, por el Juzgado Trigésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el procedimiento que por daños y perjuicios y otros conceptos laborales incoara el ciudadano JUAN CRISTÓBAL TABLANTE ALCALÁ contra la empresa SPECTRUM TECNOLOGÍA, C. A. SEGUNDO: REVOCA el auto apelado de fecha 18 de diciembre de 2009. TERCERO: ORDENA al Juzgado Trigésimo de Primera Instancia de Sustanci.....