En consecuencia y dado que el Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria y Aduanera (SENIAT) según Gaceta Oficial N° 39.623 de fecha 24 de febrero de 2011, estableció el valor de la unidad tributaria en la cantidad de Setenta y Seis Bolívares (Bs.76,00), siendo que los Tribunales de Municipio tienen competencia para conocer de los asuntos contenciosos hasta DOSCIENTOS VEINTIOCHO MIL BOLÍVARES (Bs.228.000,00), y tomando en cuenta que la suma estimada es superior a las mencionadas, es por lo que este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se declara incompetente por la cuantía, para conocer de la presente controversia y DECLINA LA COMPETENCIA, al Juzgado (Distribuidor) de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de que sea distribuida al que en definitiva conozca de la presente causa. A tal efecto, se ordena remitir el present.....