Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en 21 de marzo de 2011 por la abogada GLORIA PANTALEÓN, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora contra de la sentencia dictada por el Juzgado Noveno (9°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 15 de marzo de 2011, con motivo del juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara el ciudadano ENRIQUE IGNACIO PAZO VÁZQUEZ, en contra de la sociedad mercantil SERVICIO PAN AMERICANO DE PROTECCIÓN, C.A. "SERPAPROCA". SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión apelada. TERCERA: Se condena en costas a la parte actora recurrente.