Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el procedimiento de Oferta Real de Pago, interpuesta por el Oferente DHL EXPRESS ADUANAS VENEZUELA C.A., a través de su apoderado judicial abogado JOSÉ FRANCISCO HENRIQUEZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº114.039, a favor del Oferido ciudadano JOSÉ GREGORIO LARA PÉREZ, cédula de identidad N°V-19.272.643. PUBLIQUESE, REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA EN EL COPIADOR DE SENTENCIAS INTERLOCUTORIAS CON FUERZA DE DEFINITIVAS QUE LLEVA ESTE TRIBUNAL. 204º y 155º.