Atendiendo a todo lo expuesto, este Tribunal Vigésimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos LUISA GRACIELA OROPEZA ALBARRÁN y RAMÓN INES BARRERA NÚÑEZ, venezolanos mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nro. V-6.456.488 y V-4.856.394, respectivamente, en consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial por ambos contraído en fecha 17 de noviembre de 2003, por ante el Registro Civil de la Parroquia El Junko Municipio Vargas del Estado Vargas, según consta de Acta de Matrimonio anotada bajo el Nº 05 del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.
Expídanse copias certificadas de la presente decisión a cada uno de los solicitantes. Así mismo se acuerda notificar a las aut.....