Se homologa el DESISTIMIENTO de la acción en el juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA sigue BANCO CARONI, C.A., BANCO UNIVERSAL contra la sociedad mercantil INVERSIONES LA FORTALEZA 2004, C.A., representada por su Presidente el ciudadano JOSE ANTONIO KHARAJI KAHWATI, ambas partes identificadas con anterioridad, y se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.