DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Octavo de Primera Instancia, en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Primero: CON LUGAR la demanda de Prescripción Adquisitiva incoada por el ciudadano ALCIDES MORA ARENIS, en contra del ciudadano DOMÉNICO BAVARO BRUNO, ambos plenamente identificados en el encabezado del presente fallo, sobre el bien inmueble distinguido con el N° 11, de la Calle Barrio Obrero, del lugar denominado Cutira, en jurisdicción de parroquia Sucre, del Departamento Libertador del Distrito Federal, (hoy Distrito Capital), cuya superficie es de ciento veintiún metros con treinta y un centímetros (121,31mts) y está comprendido dentro de los siguientes linderos: Norte y Este: terrenos e instalaciones que fueron de la Lago Petroleum Corporation luego de la Creole Petrol.....