Esta Jueza Unipersonal N° XIV, decreta MEDIDA PROVISIONAL DE COLOCACION EN ENTIDAD DE ATENCION, de conformidad con los artículos 126, Literal "i", 128, en concordancia con los artículos 177, literal "e" y 396 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y Adolescente, a favor de los hermanos XXXXXX, la cual se ejecutará en la Entidad de Atención "Casa Samuel" de la Fundación Esperanza para Venezuela, ubicada en el Sector El Limón Municipio Paz Casillo, Alto Soapire, Finca Tierra Santa, entidad ésta que ejercerá la guarda, custodia, asistencia material, vigilancia y la orientación moral y educativa, así como la facultad de imponerles correcciones adecuadas a su edad y desarrollo físico y mental en los términos establecido en el articulo 358 ejusdem. Asimismo, ordena el egreso de los niños XXXXXX, de la Entidad de Atención Mi Refugio", y su correspondiente ingreso en la Entidad de Atención "Casa Samuel" de la Fundación Esperanza para Venez.....