(...) DECLARA: LA CONSUMACIÓN DE LA PERENCIÓN y en consecuencia, LA EXTINCIÓN DEL PROCEDIMIENTO, en la demanda intentada por la ciudadana CÉLIDE D´ESTEFANO ORTIZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 3.123.355, que por motivo de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoara en contra de la empresa MAQUINARIAS ORION, C.A., Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha catorce (14) de septiembre de 1977, bajo el N° 46, Tomo 104-A-Pro.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.
La ciudadana CÉLIDE D´ESTEFANO ORTIZ podrá acudir a la jurisdicción a objeto de reclamar las cantidades que ella considera se le adeudan por concepto de Prestaciones Sociales, una vez transcurridos noventa (90) días.
Se ordena la notificación a las partes de la presente sentencia por cuanto es dictada fuera del lapso previsto en el auto de fecha .....