En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Primero en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: Se DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL en la presente causa seguida al ciudadano ISMAEL ALEXIS MATUTE ARRAES, de nacionalidad venezolana, de 24 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.263.794, residenciado en Av. Francisco de Miranda, calle Luisa Cáceres de Arismendi, Casa N° 23, como a 800 metros de la Escuela Francisco de Miranda, Municipio Francisco Linares Alcantara. Maracay, teléfono 0412-3735491, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal; así mismo CESA LA CONDICION DE IMPUTADO del referido ciudadano. Así mismo se decreta el CESE DE LA MEDIDA CAUTELAR IMPUESTA, conforme al artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Pr.....