DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido a través de diligencias suscritas los días trece (13) de agosto y siete (07) de octubre de dos mil trece (2013), respectivamente, por el abogado WILLIAM MARTÍNEZ VEGAS, en su condición de apoderado judicial de la parte demandante, en contra del auto dictado por el Juzgado Décimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha cinco (05) de agosto de dos mil trece (2013), en el juicio que por DESALOJO, sigue la ciudadana GLORIA MARINA NUÑEZ, contra el ciudadano GONZÁLO JOSÉ ROJAS CEDEÑO. En consecuencia, queda confirmado el auto recurrido, en todas y cada una de sus partes.
SEGUNDO: Dada la naturalez.....