(...) Así visto el escrito de transacción cursante a los folios 14 al 23 y presentado por el ciudadano JOSE LA ROSA, titular de la C.I. V-6.289.227, asistido por la abogada YAJAIRA RUIZ, IPSA Nº 65.603, en su carácter de parte oferida y la oferente BAR RESTAURA EL HATO, C.A., en la persona de su abogada ELISA MARTINEZ, IPSA Nº 26.482, y el cual se da aquí por reproducido, mediante la cual la Oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la cantidad de NUEVE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLIVARES CON NOVENTA Y DOS CENTIMOS (Bs.9.352,92), la cual fue pagada mediante cheque del Banco del Caribe, Nº 13897229, de fecha 10-02-2014, que ya le fue entregado, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes. En este estado este Tribunal de conformidad a lo establecido en el Artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y Trabajadoras, en concordancia con lo dispuesto en el Artícul.....