DECISIÓN:
Por todas las razones expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por los abogados VÍCTOR BERVOETS BURELLI y FRANCISCO JAVIER HERNÁNDEZ SANTANA, inscritos en el Instituto de Previsión Social el Abogado (INPREABOGADO), bajo los Nros. 17.495 y 82.478, respectivamente, en su condición de apoderados judiciales de la parte demandada, contra decisión del día cuatro (04) de noviembre de dos mil catorce (2014), dictada por el Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual declaró SIN LUGAR la cuestión previa establecida en el ordinal 11º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por DESALOJO, sigue el ciudadano C.....