"...este Tribunal Ejecutor administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara practicada la Entrega Material del inmueble objeto de la presente medida, una vez culminado con el acarreo de los bienes muebles y siguiendo los lineamientos del mandato coloca el local objeto de la presente medida libre de bienes y personas en posesión de la parte ejecutante representada en este acto por su apoderada judicial abogada DOLORES CAMPINHO PITA, suficientemente identificada en autos e inscrita en el Inpreabogado bajo el N°29.942, quien aceptó conforme en nombre de su representada".