III
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos de hecho y de derecho ya expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley declara: CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de divorcio dictada en fecha 17 de enero de 2008, por el Juzgado de Primera Instancia Número 45, Juzgado de Familia de Barcelona, España, debidamente apostillada ante la Secretaría de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Cataluya, Barcelona, España, en fecha 05 de marzo de 2008 con el Nº 8470/2008, mediante la cual se disolvió el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos AMAR NAUTH PERSAUD RANDEO y CARMEN VERÓNICA RODRÍGUES SOARES, ut supra identificados.
Expídase por Secretaría copia certificada del presente fallo, a los fines de su .....