Este Tribunal, vista la norma antes expuesta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el convenimiento antes referido, dando así por consumado el acto y por consiguiente, se da por terminado el juicio, debiéndose considerar la presente providencia como Sentencia pasada en autoridad de Cosa Juzgada, en los mismos términos en que fue suscrita.