Asimismo, las partes han llegado al presente acuerdo: Se reconoce como fecha de ingreso, fecha de egreso, el indicado en el escrito libelar; el motivo de egreso se trató de la culminación de un contrato a tiempo determinado y se reconoce como salario devengado el señalado en el escrito libelar; la parte demandada ofrece pagar a la parte actora la cantidad de Bs.F.5.000,00 por los siguientes conceptos: antigüedad, utilidades fraccionadas, intereses sobre prestaciones sociales, vacaciones y bono vacacional fraccionados y horas extras. Asimismo, se descuentan anticipos recibidos por la parte Accionante. En este orden de consideraciones, las partes acuerdan materializar y recibir el pago en fecha 30-04-2010, por la cantidad de Bs.F.5.000,00, mediante cheque a favor del ciudadano ENDER ALCEDY DE ARMAS PEÑARANDA, cédula de identidad NºV-16.906.112, a cuyos efectos las partes acuerdan consignar por ante la URDD de este Circuito copia simple del instrumento valor (cheque), mediante al cual se .....