Este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos ODIM ALEXANDER LOPEZ GIMENEZ y SI KIU PIERINA MARCANO DAN, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-12.446.184 y V-11.982.495, respectivamente; en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial por ambos contraído el 12 de febrero de 1993, por ante la Prefectura Civil del Municipio Páez, Acarigua, Estado Portuguésa, según se evidencia de acta de matrimonio Nro. 84, del Libro de Registros Civil de Matrimonios llevados por dicha Autoridad Civil.