(...) DECLARA: IMPROCEDENTE, la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo solicitada por el abogado MANUEL ALEJANDRO URDANETA CONSTANTI, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 117.751, actuando en su condición de apoderado judicial de la sociedad PROGENTE SERVICIOS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Hoy Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha catorce (14) de septiembre de 2006, bajo el N° 74, Tomo 1411-A, interpuesta conjuntamente con la acción de nulidad ejercida contra el acto administrativo de efectos particulares contenido en la providencia administrativa Nº 762-10 de fecha 30 de diciembre de 2010, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO EN EL DISTRITO CAPITAL MUNICIPIO LIBERTADOR, SEDE NORTE.
No hay condenatoria en costas.-
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia.
Se ordena la publica.....