DISPOSITIVA
Por las razones expuestas este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio le la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda:
PRIMERO: Admite la acusación presentada por el Ministerio Público; de igual manera admite los medios de pruebas presentados por el Ministerio Público y las calificaciones jurídicas dadas por el Ministerio Público por la comisión de los delitos de: Extorsión En Grado De Coautoría previsto y sancionado en el artículo 16 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión, en relación con el artículo 83 del Código Penal Venezolano; Robo Agravado De Vehículo Automotor En Grado De Coautoría previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 numerales 1, 2 y 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores y Robo Agravado En Grado De Coautoría previsto y sancionado en los artículos 458 y 83 ambos del Código Penal Venezolano, en perjuicio Y.R.T.A. y H.R.....