Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley en la pretensión que por INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS Y DAÑO MORAL incoara la sociedad mercantil AGROMINERA ESPERANZA, C.A. contra la sociedad mercantil PETROLERA WLP C.A. y el ciudadano LUIGI GASPERIN, ampliamente identificados al inicio DECLARA: Se NIEGAN por improcedentes las medidas preventivas de Prohibición de enajenar y gravar, embargo preventivo y secuestro en los términos expuesto, así como la medida innominada consistente en que este órgano jurisdiccional informe al Servicio Autónomo de Registros y Notarias-SAREN, de esta demanda y los hechos aquí narrados; Se oficie al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería requiriendo los movimientos migratorios de los ciudadanos Lilia Febres de faillace, V-2.625.854; Miguel Enrique Gil Fe.....