DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Sala Dos Accidental de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Declara CON LUGAR el recurso interpuesto por el abogado ANDRES A. PUGA ZABALETA, en su carácter de defensor privado del ciudadano JOEL ALCIDIARES COLMENARES ALMEIDA planteada su apelación con fundamento en el artículo 452 numerales 1° y 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la sentencia publicada en fecha 21 de abril de 2006, por el Juzgado Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual condenó al ciudadano antes mencionado a cumplir la pena de diez (10) años de prisión, por la comisión del delito de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, y se ANULA el fallo proferido, a tenor de lo previsto en los .....