DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, actuando como TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: DECLARA IMPROCEDENTE IN LIMINE LITIS la Acción de Amparo intentada por las Abogadas: MARIANELA SÁNCHEZ ORTÍZ y ANA KARINA GUZMÁN, actuando en su carácter de Defensores del ciudadano: VALLEJO JAIME ALVARO, contra la Audiencia de Prórroga de fecha 07 de abril de 2009, celebrada por la Juez Cuadragésima Quinta de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, Dra. MARILDA RIOS HERNANDEZ.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada.