este Juzgado Vigésimo Segundo (22) de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley imparte la Homologación al Desistimiento del Procedimiento en el recurso extraordinario de invalidación intentado por los ciudadanos Ronald Heredia, Yhonny Heredia y Johana Machilanda, titulares de las cédulas de identidad Nros. 13.641.714, 3.912.466 y 14.017.666 respectivamente, debidamente asistidos por el abogado Orlando Reinoso, inpreabogado Nro. 162.242, contra la sentencia proferida por el Juzgado Séptimo Superior Laboral del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas de fecha 14-3-2016, la cual modificó la sentencia dictada por el Juzgado 40 de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial en fecha 20-4-2016, por defecto cometido en las notificaciones de los demandados, en la causa principal que cursa en el asunto AP21-L-2016-000620.