´DISPOSITIVA
Por las motivaciones precedentes, este JUZGADO DUODÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 257 de la Constitución Bolivariana de la República Venezuela y los artículos 12, 242, 243, 362 y 868 del Código de Procedimiento Civil, el artículo 40 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial, Declara:
PRIMERO: La NULIDAD, de la actuaciones realizadas por el abogado en ejercicio PEDRO RAMOS PLATT, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo Nº 270.678.
SEGUNDO: LA CONFESION FICTA de la sociedad mercantil sociedad mercantil INSTALACIONES METALUMKA, C.A., suficientemente identificada en autos.
TERCERO: CON LUGAR la demanda de desalojo interpuesta por el ciudadano FERNANDO JOSE GARCIA .....