DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica como flagrante la aprehensión de que fue objeto la ciudadana Aura Rosa Torres, venezolana, natural de Guanare Estado Portuguesa, de 41 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.050.754, nacida en fecha 01-12-1967, hija de Cupertino Bastidas (f) y Ángela Torres (f), residenciada en el Barrio la Peñita, calle 24, casa sin numero, entre la carrera 01 y 02, Guanare Estado Portuguesa, quien fue aprehendida por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalística Sub Delegación Guanare del Estado Portuguesa y la continuación por el procedimiento ordinario de conformidad con los artículos 248 y 373 d.....