Seguidamente la ciudadana Juez en cumplimiento de su misión pasa a leer en alta y viva voz el contenido del Mandamiento de Ejecución mediante el cual "...se acordó comisionarlo amplia y suficientemente a los fines de que se traslade y constituya en la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional, a efectos de ejecutar la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 15 de octubre de 2010, la cual fuere confirmada por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en fecha 17 de octubre de 2011, y proceda en consecuencia a ordenar al órgano querellado, a reincorporar de forma inmediata al ciudadano EUSTIQUIO CEDEÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°8.977.241; a los fines de realizar las gestiones reubicatorias, con el pago del respectivo mes de sueldo, o en caso de resultar procedente efectuar los
trámites para el otorgamiento de la jubilación con fecha de vigencia desde el día 10 de julio de 2009; y en caso de no contar con disponibilidad.....