IV
DISPOSITIVO
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia y obrando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, ello conforme lo establecido en los artículos 362 y 868, ambos del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: PROCEDENTE la pretensión que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO ha incoado la ciudadana ZULEIMA MARGARITA JIMENEZ contra el ciudadano CHRISTIAN ALEXANDER REQUE MOYANO, ambos identificados plenamente en la parte inicial del presente fallo.
TERCERO: En consecuencia, se ordena a la parte demandada que entregue a la parte actora, el inmueble identificado como "Local Comercial ubicado en la Segunda Planta de la Casa N° 25-33, ubicada en la Primera Transversal, entre calle Nacimiento y Calle Lahoud de la Urbanización Los Frailes de Catia,.....