En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, llenos como encuentra los extremos establecidos en los artículos 585, 588 y 661 del Código de Procedimiento Civil, decreta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre:
Una casa ubicada en la parte Norte de la Urbanización Francisco de Miranda, en la población de El Tigre, Estado Anzoátegui, ubicada en una extensión de terreno de UN MIL SIETE METROS CUADRADOS CON NOVENTA Y CINCO CENTIMETROS (1.00,97 m2), cmprendida dentro de los siguientes linderos: NORTE: Calle Guaicaipuro; SUR: Avenida Penaler; ESTE: Carretera frente Petrotech; y OESTE: Propiedades de Mario Fidelibus. Número Catastral 03-19-01-U01-03-04-03-03-00-00.
Una casa situada en la parte norte de la Urbanización Francisco de Miranda, en la población de El Tigre, Estado Anzoátegui, construida en un terreno con una superficie de SEISCIENTOS METREOS CUADRADOS (600 m2), comprendido dentro de lo.....