este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas se declara INCOMPETENTE para seguir conociendo de la presente causa. Asimismo, analizados como han sido los preceptos normativos y jurisprudenciales anteriores, y subsumidos al caso en concreto, este juzgador a fin de salvaguardar los principios de la celeridad y economía procesal, ORDENA la remisión del presente expediente a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Juzgados Superior en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que resulte competente previo sorteo de ley, a fin de que dicho Tribunal se pronuncie respecto del recurso de apelación propuesto