IV
DISPOSITIVO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo Séptimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por virtud de la autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: PROCEDENTE la pretensión de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMODATO interpuesta por la Sociedad Mercantil MULTIDUCTO C.A., contra los ciudadanos: ESTELA AGRIPILA ACOSTA CANTARO y JOSE MIGUEL VELAZCO MONTOYA., todos identificados en la parte inicial del fallo.
SEGUNDO: Como consecuencia de lo anterior, se ordena a la parte demandada, que entregue a la parte actora el inmueble objeto del contrato de arrendamiento, constituido por "Un (1) Local Comercial, distinguido con el N° 36, de Tres metros Cuarenta y Siete Decímetros Cuadrados (3,47 Mts2), con Deposito de igual metraje, ubicado en un lugar denominado "Rincón del Valle", calle El Degredo, El Cementerio, Parroquia Santa Rosalía, Munic.....