declara: la PERENCION DE LA INSTANCIA solicitada por la representación judicial del tercero interesado en el presente recurso de nulidad incoado por la entidad de trabajo INVERSIONES TINECO, C.A. sociedad de mercantil inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 20 de julio de 1999, bajo el N° 52, Tomo 145-A-Pro, en contra de la Providencia Administrativa N° 224-15, de fecha 28 de abril de 2015, la cual cursa al Expediente signado con la nomenclatura 027-2013-01-04878. Asimismo, se ordena la notificación de la parte recurrente, y de la Procuraduría General de la República de conformidad con el artículo 98 de la Ley que le regula, de modo que una vez conste en auto dichas notificaciones, y transcurrido el lapso de suspensión y el lapso correspondiente sin que el actor ejerza los recursos a los que hubiere lugar se dará por terminado el presente asunto. Así se decide.