Igualmente se observa que, deberán cumplir con las penas accesorias a las que fueran condenados de la siguiente manera:
1.- INHABILITACIÓN POLITICA durante la condena, produciendo como efecto la privación de cargos o empleos públicos o políticos que tengan los penados e incapacidad para obtener otros y para el goce del derecho activo y pasivo del sufragio y pérdida de dignidad o condecoraciones oficiales obtenidas, la cual finalizarán el día 28 de Febrero de 2012.-
2.- INTERDICCION CIVIL durante la condena, cuyos efectos son privar a los reos de la disposición de sus bienes por actos entre vivos, la administración de los mismos, la Patria Potestad y Autoridad Marital hasta el 28-02-2012.-
3.- SUJECION A LA VIGILANCIA DE LA AUTORIDAD: es decir que los penados deberán dar cuenta de sus entradas o salidas ante el Jefe Civil del municipio en el cual fijen su residencia definitiva por una cuarta parte de la condena, en este caso por un lapso de UN (1) AÑO y NUEVE (9) MESES, la cua.....