Por todo lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Región Capital, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: HOMOLOGA el Desistimiento del recurso de apelación interpuesto el 5 de agosto de 2015, por el abogado SHINDIND ESCOBAR ZAPATA, actuando en su carácter de Defensor Privado, presentado en contra de la decisión dictada el 31 de julio de 2015, por el Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Vargas, todo de conformidad con lo consagrado en el artículo 431 del Código Orgánico Procesal Penal, en estricta relación con la Sentencia № 1752, Expediente № 03-3171, del 18 de julio del 2005, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado FRANCISCO.....